Prohibición de la gratuidad de las bolsas de plástico en los comercios

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27/04/2017

Se prohíbe la entrega gratuita de bolsas de caja o de entrega a domicilio de cualquier material plástico, incluido el plástico en general, el plástico oxodegradable y el plástico biodegradable, con exclusión de las bolsas compostables que cumplan los requisitos de la norma UNE-EN 13432 o equivalente, en los puntos de venta de mercancías o productos.

Las bolsas afectadas son:

  • Bolsa de caja: cualquier bolsa utilizada para transportar la compra y que se puede llevar en una sola mano gracias a la confección de las asas, tales como bolsas camiseta, bolsas de asa troquelada, bolsas de asas plástico flexible, bolsas de asas rígidas, bolsas de asas de cuerda, y cualquier otro tipo de bolsas con asas.
  • Bolsa de entrega a domicilio: cualquier bolsa, con asas o sin, utilizada por los servicios propios o subcontratados por los puntos de venta de mercancías o productos para transportar y entregar a domicilio la compra de sus clientes.

El ARCA APLICA LA NUEVA NORMATIVA EN LA TIENDA DE SEGUNDA MANO Y COBRARÁ LAS BOLSAS DE PLÁSTICO,aún así, los ciudadanos pueden utilizar alternativas para sustituirlas, como el capazo, el carro de la compra, las bolsas reutilizables, etc

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